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Ir a España con tu coche: matricularlo con placas españolas (2026)

Redacción Imagine Marbella ·

Respuesta corta: en cuanto pasas a ser residente en España, tu coche debe llevar matrícula española. Se hace en cuatro pasos: pagar el impuesto de matriculación (IEDMT) o pedir la exención, la ITV, la matriculación en la DGT y el impuesto municipal de circulación. Si viviste al menos 12 meses en el extranjero y usaste el coche allí al menos 6 meses, al mudarte puedes obtener la exención del impuesto de matriculación.

Mucha gente que se muda a la Costa del Sol se trae su coche. Tiene sentido: lo conoces, te caben tus cosas y tienes movilidad desde el primer día. Pero si vives aquí, no puedes circular indefinidamente con matrícula neerlandesa o belga. En esta guía te contamos qué hacer, cuánto cuesta y cómo evitar el impuesto de matriculación. Somos agentes inmobiliarios, no gestores: para la matriculación conviene trabajar con un gestor, que presenta todo el expediente por ti.

¿Cuándo necesita tu coche matrícula española?

En cuanto eres residente en España, matriculas tu coche. Cuenta con aproximadamente un mes desde tu inscripción como residente. Si solo vienes de vacaciones o pasas unos meses de invierno sin ser residente, puedes circular con tu propia matrícula mientras el coche esté asegurado y con la inspección al día en tu país. Cuándo pasas a ser residente fiscal lo explicamos en la regla de los 183 días.

Paso 1: impuesto de matriculación (IEDMT) o exención

El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte es un impuesto único en la primera matriculación en España. El tipo depende de las emisiones de CO₂ del coche:

Emisiones de CO₂ (WLTP)Tipo (península)
hasta 120 g/km0%
de 120 a 160 g/km4,75%
de 160 a 200 g/km9,75%
desde 200 g/km14,75%

El tipo se aplica sobre el valor del coche según las tablas oficiales de Hacienda, con una reducción según su antigüedad. Un coche eléctrico está en el tramo del 0%.

Exención por traslado de residencia. Según el artículo 66.1.n de la Ley 38/1992 no pagas impuesto de matriculación si trasladas tu residencia a España y cumples tres condiciones:

  • has vivido al menos 12 meses seguidos fuera de España;
  • has usado allí el coche al menos 6 meses antes del traslado;
  • no vendes ni alquilas el coche durante los primeros 12 meses tras la matriculación.

Solicitas la exención en la Agencia Tributaria con el modelo 05, en los 60 días siguientes al traslado. Si se te pasa el plazo o no cumples las condiciones, pagas el impuesto con el modelo 576. Guarda por eso todo lo que demuestre la fecha del traslado y el uso del coche: tu baja en tu país, tu empadronamiento en España, el permiso de circulación y los papeles del seguro.

Paso 2: la ITV

La ITV es la inspección técnica española. Para un coche de otro país de la UE necesitas una ficha técnica , hecha a partir del certificado de conformidad europeo (COC) del fabricante. Con la ficha técnica vas a una estación de ITV, que revisa y aprueba el coche.

Paso 3: matriculación en la DGT

Con la ITV, el justificante del impuesto o de la exención y tu permiso de circulación extranjero, matriculas el coche en la Dirección General de Tráfico. En 2026 la tasa es de 99,77 euros. Después recibes tu matrícula española y encargas las placas.

Paso 4: impuesto de circulación y seguro

  • Impuesto de circulación (IVTM): un impuesto municipal anual que depende de la potencia del coche y de tu municipio. En España suele ser mucho más bajo que en Países Bajos o Bélgica.
  • Seguros: en cuanto el coche tiene matrícula española, contratas un seguro de coche español. Pide a tu aseguradora actual un certificado de siniestralidad: en España suele darte descuento.
  • País de origen: comunica la exportación del coche en Países Bajos o Bélgica, para no seguir pagando allí impuestos y seguro.

Tu carné de conducir

Un carné neerlandés o belga sigue siendo válido en España. No tienes que canjearlo, pero cuando caduque lo renuevas en España como residente.

¿Cuánto cuesta en total?

Con la exención pagas sobre todo la tasa de la DGT, la ITV, la ficha técnica, las placas y un gestor, normalmente unos cientos de euros en total. Sin exención se suma el impuesto de matriculación, que en un coche reciente con muchas emisiones puede llegar fácilmente a varios miles de euros. A veces entonces compensa vender tu coche y comprar uno aquí.

Tu lista de control

  • Poder demostrar la fecha del traslado y el uso del coche
  • Exención pedida en 60 días con el modelo 05, o impuesto pagado con el modelo 576
  • Certificado de conformidad (COC) solicitado
  • Ficha técnica hecha e ITV pasada
  • Matriculado en la DGT y placas encargadas
  • Seguro español contratado
  • Exportación comunicada en tu país

¿Te mudas a la Costa del Sol? Te ayudamos a encontrar vivienda, con garaje o plaza de aparcamiento, y te ponemos en contacto con un gestor de confianza.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo puedo circular con matrícula neerlandesa o belga en España?

Como turista, mientras no seas residente. Cuando eres residente, matriculas el coche en España en aproximadamente un mes.

¿Tengo que pagar impuesto de matriculación si me mudo a España con mi coche?

No, si viviste al menos 12 meses fuera de España, usaste el coche allí al menos 6 meses y no lo vendes en los primeros 12 meses. Pides la exención en 60 días con el modelo 05.

¿Cuánto es el impuesto de matriculación en España?

0% hasta 120 g/km de CO₂, 4,75% hasta 160 g/km, 9,75% hasta 200 g/km y 14,75% por encima, sobre el valor del coche según las tablas oficiales.

¿Cuánto cuesta la matriculación en la DGT?

La tasa es de 99,77 euros en 2026, sin contar la ITV, las placas ni un posible gestor.

Fuentes

  • Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, artículos 65 y 66.1.n (impuesto de matriculación y exención por traslado)
  • administracion.gob.es, Matriculación de vehículos procedentes de otro país (actualizado el 20 de marzo de 2026)
  • Pellicer & Heredia, Cómo matricular un coche extranjero en España (19 de agosto de 2026)
  • Dirección General de Tráfico, tasas 2026

Escrito por la redacción de Imagine Marbella. Actualizado en octubre de 2026. Es información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal: haz revisar tu situación por un gestor.

Geert Eeckeleers y Martine Aertgeerts de Imagine Marbella

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